EL RECONOCIMIENTO DE PERSONAS Y LA SELECTIVIDAD DEL SISTEMA PENAL
DOI:
https://doi.org/10.24302/acaddir.v6.4500Palabras clave:
Reconocimiento fotográfico; Selectividad punitiva; Violación de derechos.Resumen
Considerando el artículo 226 del Código Procesal Penal, este artículo cuestiona la credibilidad del reconocimiento de personas realizado a través de fotografías en Brasil. Por lo tanto, a través de un método deductivo, apoyado en una técnica de revisión bibliográfica, se realiza un análisis de este procedimiento ante algunos casos en los que no se siguió de manera correcta el debido procedimiento legal previsto, generando distorsiones o malas influencias, ya sea por la ilusión de los falsos recuerdos o la selectividad punitiva implantada en la sociedad, esto acaba generando graves consecuencias, como el encarcelamiento de personas inocentes. Además, busca mostrar posibles caminos que pueden mejorar este importante método jurisdiccional, como la decisión dictada por el Ministro Rogerio Luiz Schietti del STJ, que sentó un precedente para cambios positivos en el tema. Los trámites, que hasta entonces no se cumplían, ahora tienen el carácter de indispensables.
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